En JVD Consultores, entendemos la importancia de mantener tus obligaciones fiscales en orden para evitar sanciones y optimizar tus recursos financieros. A continuación, te presentamos una guía sobre los tipos de impuestos en Panamá, los plazos de presentación y pago, y las principales deducciones fiscales disponibles.
Tipos de Impuestos en Panamá
1. Impuesto sobre la Renta (ISR)
El Impuesto sobre la Renta grava las ganancias generadas por personas naturales y jurídicas. Se calcula sobre la base del ingreso neto, después de deducciones permitidas. Existen diferentes tarifas según el tipo de contribuyente:
- Personas Naturales: La tasa progresiva varía del 0% al 25%, dependiendo de los ingresos anuales.
- Personas Jurídicas: La tasa general es del 25% sobre las ganancias netas.
2. Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS)
Este impuesto se aplica a la venta de bienes muebles y a la prestación de servicios, con una tasa estándar del 7%. Algunos bienes y servicios específicos tienen tasas mayores (10% o 15%) o están exentos.
3. Otros Impuestos
- Impuesto de Inmueble: Se aplica sobre el valor catastral de las propiedades inmobiliarias. Las tasas varían según el valor y uso del inmueble.
- Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI): Grava la transferencia de propiedades inmobiliarias con una tasa del 2%.
- Impuesto de Importación: Se aplica a la importación de bienes, con tasas que dependen del tipo de producto.
Plazos de Presentación y Pago
1. Impuesto sobre la Renta (ISR)
- Personas Naturales: Deben presentar su declaración anual de renta antes del 15 de marzo del año siguiente al período fiscal.
- Personas Jurídicas: La declaración anual de renta debe presentarse antes del 31 de marzo del año siguiente al período fiscal. El pago del impuesto se debe realizar a más tardar el 31 de marzo. En adición, se debe pagar el impuesto estimado sobre la renta en base al impuesto previamente pagado, cuyo pago se realizará en tres partidas, a más tardar el 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre de cada año.
2. Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS)
La declaración y pago del ITBMS se deben realizar mensualmente antes del 15 del mes siguiente al período fiscal correspondiente.
3. Otros Impuestos
- Impuesto de Inmueble: El pago se realiza trimestralmente (abril, agosto y diciembre).
- Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI): Se paga en el momento de la transacción de la propiedad.
- Impuesto de Importación: Debe pagarse al momento de la importación de los bienes.
Deducciones Fiscales
1. Personas Naturales
Las personas naturales pueden deducir ciertos gastos de su base imponible del ISR, tales como:
- Gastos Médicos: Incluye gastos en salud no reembolsados por seguros.
- Intereses Hipotecarios: Los intereses pagados sobre préstamos hipotecarios para la compra de vivienda.
- Educación: Gastos en educación de dependientes y del propio contribuyente.
2. Personas Jurídicas
Las empresas pueden deducir gastos necesarios para la generación de ingresos, tales como:
- Gastos Operativos: Incluyen salarios, alquileres, servicios públicos, y otros gastos operativos.
- Depreciación de Activos: La depreciación de activos fijos puede deducirse conforme a las normas fiscales.
- Provisiones: Provisiones para cuentas incobrables y otros gastos previsibles.
En JVD Consultores, estamos comprometidos en ayudarte a cumplir con todas tus obligaciones fiscales de manera eficiente y efectiva. Nuestro equipo de expertos está a tu disposición para asesorarte en la planificación fiscal y asegurar que aproveches al máximo las deducciones permitidas. Contáctanos para una consulta personalizada y descubre cómo podemos optimizar tu situación fiscal.
Para más información o consultas, no dudes en contactarnos