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¡Lo que Necesitas Saber! sobre los Diferentes Tipos de Impuestos en Panamá

En JVD Consultores, entendemos la importancia de mantener tus obligaciones fiscales en orden para evitar sanciones y optimizar tus recursos financieros. A continuación, te presentamos una guía sobre los tipos de impuestos en Panamá, los plazos de presentación y pago, y las principales deducciones fiscales disponibles.

Tipos de Impuestos en Panamá

1. Impuesto sobre la Renta (ISR)

El Impuesto sobre la Renta grava las ganancias generadas por personas naturales y jurídicas. Se calcula sobre la base del ingreso neto, después de deducciones permitidas. Existen diferentes tarifas según el tipo de contribuyente:

  • Personas Naturales: La tasa progresiva varía del 0% al 25%, dependiendo de los ingresos anuales.
  • Personas Jurídicas: La tasa general es del 25% sobre las ganancias netas.

2. Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS)

Este impuesto se aplica a la venta de bienes muebles y a la prestación de servicios, con una tasa estándar del 7%. Algunos bienes y servicios específicos tienen tasas mayores (10% o 15%) o están exentos.

3. Otros Impuestos

  • Impuesto de Inmueble: Se aplica sobre el valor catastral de las propiedades inmobiliarias. Las tasas varían según el valor y uso del inmueble.
  • Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI): Grava la transferencia de propiedades inmobiliarias con una tasa del 2%.
  • Impuesto de Importación: Se aplica a la importación de bienes, con tasas que dependen del tipo de producto.

Plazos de Presentación y Pago

1. Impuesto sobre la Renta (ISR)

  • Personas Naturales: Deben presentar su declaración anual de renta antes del 15 de marzo del año siguiente al período fiscal.
  • Personas Jurídicas: La declaración anual de renta debe presentarse antes del 31 de marzo del año siguiente al período fiscal. El pago del impuesto se debe realizar a más tardar el 31 de marzo. En adición, se debe pagar el impuesto estimado sobre la renta en base al impuesto previamente pagado, cuyo pago se realizará en tres partidas, a más tardar el 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre de cada año.

2. Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS)

La declaración y pago del ITBMS se deben realizar mensualmente antes del 15 del mes siguiente al período fiscal correspondiente.

3. Otros Impuestos

  • Impuesto de Inmueble: El pago se realiza trimestralmente (abril, agosto y diciembre).
  • Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI): Se paga en el momento de la transacción de la propiedad.
  • Impuesto de Importación: Debe pagarse al momento de la importación de los bienes.

Deducciones Fiscales

1. Personas Naturales

Las personas naturales pueden deducir ciertos gastos de su base imponible del ISR, tales como:

  • Gastos Médicos: Incluye gastos en salud no reembolsados por seguros.
  • Intereses Hipotecarios: Los intereses pagados sobre préstamos hipotecarios para la compra de vivienda.
  • Educación: Gastos en educación de dependientes y del propio contribuyente.

2. Personas Jurídicas

Las empresas pueden deducir gastos necesarios para la generación de ingresos, tales como:

  • Gastos Operativos: Incluyen salarios, alquileres, servicios públicos, y otros gastos operativos.
  • Depreciación de Activos: La depreciación de activos fijos puede deducirse conforme a las normas fiscales.
  • Provisiones: Provisiones para cuentas incobrables y otros gastos previsibles.

En JVD Consultores, estamos comprometidos en ayudarte a cumplir con todas tus obligaciones fiscales de manera eficiente y efectiva. Nuestro equipo de expertos está a tu disposición para asesorarte en la planificación fiscal y asegurar que aproveches al máximo las deducciones permitidas. Contáctanos para una consulta personalizada y descubre cómo podemos optimizar tu situación fiscal.

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